Bancos darán subsidio adicional para compra de vivienda de estrato medio

El Gobierno Nacional, en coordinación con los Ministerios de Vivienda y Hacienda, dispuso de 200 mil subsidios para comprar vivienda de aquí a los próximos dos años. De estos, 100 mil serán para familias de cualquier nivel de ingreso que deseen adquirir viviendas No VIS cuyo valor no supere los 500 SMMLV.

Durante los primeros 7 años del crédito, el Gobierno entregará mensualmente cerca de $439 mil para los colombianos que apliquen a los subsidios No VIS, lo que equivale a un subsidio total por más de $36 millones para cumplir con su sueño de tener casa propia. A partir del octavo año del crédito, el Banco de Bogotá y BBVA anunciaron que otorgarán subsidios adicionales.

El Banco de Bogotá le ofrece una cobertura adicional por 3 años, correspondiente a un beneficio total por parte del banco de $8.1 millones para que las familias adquieran vivienda nueva. Mauricio Fonseca, Vicepresidente de Banco Consumo y Pyme del Banco de Bogotá, recuerda que “una persona que requiera un crédito lo puede hacer de manera ágil, fácil y segura, ingresando desde cualquier dispositivo a nuestro portal web”.

Por su lado, BBVA aspira entregar 20.000 subsidios de este tipo en todo el país. Este aporte adicional de $5 millones se otorgará a partir del octavo año cuando termine el subsidio del Gobierno nacional, con lo cual los clientes recibirán un beneficio de hasta 10 años de la vigencia del crédito. Los interesados pueden solicitarlo en cualquiera de las más de 400 oficinas del banco.

Si está interesado en acceder al subsidio del Gobierno Nacional para compra de vivienda No VIS, tenga en cuenta la siguiente información:

Los 200 mil subsidios están disponibles para todo el territorio nacional y son únicamente para compra de vivienda nueva. Estos entran a operar desde el segundo semestre del año.

Hay 100 mil subsidios para vivienda No Vis, los que se entregarán a partir del segundo semestre de 2020 hasta 2022, o hasta que se agoten los cupos.

Para los subsidios No VIS no hay ninguna restricción por ingresos, todas las familias que deseen adquirir una vivienda cuyo valor sea superior a $122,7 millones e inferior a 500 SMMLV podrán aplicar. Los montos de este subsidio será el mismo para todo independiente del valor de la vivienda.

Los interesados deben postularse a estos subsidios a través de las entidades bancarias al momento de solicitar el crédito.

¿En qué consiste?

Según el artículo 306 del código sustantivo del trabajo, todo empleador tiene la obligación de pagarle a cada uno de sus empleados 30 días de salario por año, en dos pagos. Uno se debe hacer el 30 de junio, como fecha máxima, y el otro se debe efectuar, a más tardar, el 20 de diciembre de cada anualidad.

El pago de esta prestación se debe realizar por todo el semestre trabajado (si es que el empleado laboró el semestre completo) o, de ser el caso, proporcionalmente al tiempo en que llevó a cabo su gestión. Se debe tener en cuenta, para tener derecho a esta prestación proporcional, es necesario que el trabajador haya laborado, como mínimo, 3 meses del respectivo semestre.

Veámoslo mediante un ejemplo.

Si Pedro se gana 2 millones mensuales en la empresa Textiles Bogotá, esta compañía le debe pagar, a más tardar el día 30 de junio, la suma de un millón de pesos por prima de servicios. El restante millón se lo tendrá que pagar el 20 de diciembre del mismo año, a más tardar.

Entonces, si Pedro efectuó sus labores 4 meses dentro del semestre comprendido entre el primero de enero y el 30 de junio, tendrá derecho a una prima proporcional de acuerdo con la siguiente fórmula matemática:

Prima = salario x el tiempo trabajado (en días), dividido 360 días. Así las cosas, la prima del 30 de junio es igual a 2 millones (sueldo mensual) por 120 días laborados (4 meses), dividido 360 días. Esto nos arroja una prima de $666.666 de pesos. Pero, si Pedro adelantó su gestión, por ejemplo, 2 meses entre el primero de enero y el 30 de junio, no tendrá derecho a la prima del treinta de junio. Igualmente, si desempeñó sus labores entre primero de mayo y el 30 de junio, no percibirá esta prestación.

 

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